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Comunicado de la Oficina del Censo Electoral: Procedimiento ante reclamaciones por empadronamientos

Comunicado de la Oficina del Censo Electoral

Procedimiento ante reclamaciones por empadronamientos sospechosos de ser irregulares y su repercusión en el Censo Electoral

La Oficina del Censo Electoral (OCE) quiere recordar el procedimiento que emplea ante las reclamaciones por empadronamientos sospechosos de ser irregulares, así como su repercusión en el Censo Electoral.

La actualización del Censo Electoral se realiza conforme a los procedimientos establecidos por la normativa legal vigente, a partir de las comunicaciones mensuales de las variaciones de los datos de inscripción en los padrones municipales procedentes de los ayuntamientos.

Conforme a la legislación vigente estos deberán haber realizado las comprobaciones previas de que las nuevas inscripciones se corresponden con la situación real de residencia habitual de los ciudadanos, de acuerdo con los artículos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que establece entre sus artículos lo siguiente:

• Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
• La condición de vecino confiere el derecho a ser elector y elegible en los términos establecidos en la legislación electoral.
• Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad.
• Los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar por escrito el alta en el Padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio. Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
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LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos)

En vigor desde 1999, la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) impone una serie de obligaciones legales a las personas físicas o jurídicas que posean ficheros de carácter personal.También desde 1999 se establece la obligación a las empresas de poner en marcha diversas medidas destinadas a garantizar la protección de dichos datos, afectando a sistemas informáticos, archivos de soportes de almacenamiento, etc.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear multas de más de 600.000 €*.

La LOPD establece distintos niveles de seguridad en función de los datos personales guardados:

Nivel Básico
Nombre, apellidos, direcciones de contacto (físicas y/o electrónicas), teléfonos (fijos y/o móviles)

Nivel Medio
Comisión infracciones penales, comisión infracciones administrativas, información de Hacienda Pública, información de servicios financieros

Nivel Alto
Ideología, religión, creencias, origen racial, salud, vida

La gran mayoría de empresas guarda datos de sus clientes, proveedores, empleados… de forma que están sujetos al cumplimiento de la LOPD.

La LOPD dicta una serie de obligaciones (inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos, redacción de documentos de seguridad, etc.) que, por desconocimiento, muy pocas empresas cumplen.

El desconocimiento de la ley no exime de ella. Disponer de datos de otras personas físicas o jurídicas conlleva una serie de obligaciones legales.

* La Agencia de Protección de datos se autofinancia con las sanciones que impone